¿Cuál es el procedimiento si el patrón se pone enfermo?
Actualizado el: 27/05/2025Si el patrón figura en el contrato de alquiler (y no se trata de un patrón autónomo contratado por usted), la responsabilidad recae en la empresa de alquiler. Por lo tanto, esta se compromete a proporcionarle un patrón apto para navegar: en caso de enfermedad o impedimento, deberá sustituirlo antes de la salida para garantizar la prestación del servicio. Usted no tiene que hacer nada, el sustituto corre a cargo del arrendador.
