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¿Qué es una fianza? ¿Qué es una franquicia? ¿El hecho de que deposite una fianza significa que la embarcación que alquilo no está asegurada?

Actualizado el: 26/05/2025
Una fianza es una cantidad de dinero que el arrendatario debe entregar al arrendador (es decir, al armador o al propietario) al inicio del alquiler. Sirve para cubrir el coste de las reparaciones a cargo del arrendador, en caso de que usted, el arrendatario, devuelva la embarcación dañada al finalizar el alquiler.

Todas las embarcaciones que alquilamos están aseguradas a todo riesgo por sus armadores. Aseguradas a todo riesgo, sí, pero a todo riesgo MENOS UNA FRANQUICIA que corre a cargo del armador en cada siniestro. Por lo tanto, es normal que el armador le pida que deposite una fianza que cubra el importe de dicha franquicia (por lo general, entre 1000 y 5000 euros).


Definiciones útiles

Siniestro: cualquier incidente marítimo que implique gastos de reparación (por ejemplo: varada, colisión durante una maniobra, accidente contra una roca tras el deslizamiento del ancla, etc.). Un deterioro no relacionado con un siniestro marítimo no se considera un siniestro por el seguro de la embarcación (por ejemplo: quemar un cojín con un cigarrillo, atascar el inodoro, pisar un ojo de buey sin darse cuenta, robo de la lancha auxiliar, etc.) y no será cubierto.

Franquicia: importe que debe asumir el asegurado en cada siniestro cubierto por el seguro. Si se producen varios siniestros, habrá varias franquicias: por ejemplo, un choque contra el fondo y, posteriormente, una maniobra incorrecta en el puerto. A modo de recordatorio, el asegurado es el arrendador de la embarcación.


Si sufre un siniestro durante un alquiler y los daños son inferiores al importe de la franquicia del seguro, el armador no podrá hacer valer su seguro. Por lo tanto, retendrá una parte de su fianza para financiar las reparaciones. Si, por el contrario ,los daños superan el importe de la franquicia, nuestro socio armador retendrá la totalidad de su fianza y hará valer su seguro para que le reembolsen el resto. Así, aunque hunda un barco valorado en 300 000 euros, si su fianza es de 3 000 euros, solo será responsable del siniestro hasta un máximo de 3 000 euros, ¡y menos mal!

Si tiene varios siniestros durante un mismo alquiler, entonces el arrendador puede reclamarle más de la fianza depositada. Ejemplo: ha depositado 4000 euros de fianza y se considera que la franquicia es de 4000 euros. Rompe la popa durante una maniobra (3000 euros de reparación) y, dos días después, choca contra (10 000 euros de reparación). Así pues, ha tenido dos siniestros; por el siniestro 1, el arrendador le facturará 3000 euros (no recurrirá al seguro porque el importe es inferior a la franquicia por siniestro). En el siniestro 2, sí recurrirá al seguro, pero 4000 euros (= la franquicia) quedarán a su cargo, por lo que, lógicamente, se los repercutirá a usted. En total, le pedirá que pague 7000 euros, aunque su fianza sea solo de 4000 euros.

Atención: si alquila un barco y contrata los servicios de un patrón, usted sigue siendo legalmente el fletador del barco. Por lo tanto, será responsable del mismo y, normalmente, deberá dejar una fianza.

Atención: en el contrato de seguro del arrendador, la franquicia se determina POR SINIESTRO. Si se producen varios siniestros durante un crucero, habrá varias franquicias. Por lo tanto, el arrendador puede pedirle más que su fianza si daña el barco en varias ocasiones.

Si contrata un seguro de reembolso de fianza, estará asegurado para el primer siniestro que se produzca (no para el segundo).


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Pauline
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